Brillante José: Cortito y al pie, totalmente de acuerdo. Luis
Prof Ing Luis Enrique Arellano González
Ing Informática-Abogado-Lic Criminalística Director Curso de Informática Forense
Facultad Regional Avellaneda
Universidad Tecnológica Nacional
"Lauda Finem"
ADVERTENCIA LEGAL (Leyes Nacionales 11.723 y 26.032): Este mensaje de correo electrónico fue emitido en la República Argentina, en concordancia con las libertades y restricciones establecidas por dichas leyes. El contenido del presente mensaje es clasificado y se encuentra restringido por el secreto profesional al que se encuentra supeditado su generador y propietario. Bajo ninguna circunstancia autorizo su retransmisión o divulgación a terceros, sin mi expreso expreso conocimiento y consentimiento. Solicito sea eliminado sin más trámite y de inmediato, de la casilla de correo de quien lo recibió por error, lo considera improcedente o duda de su confidencialidad o no repudio.
--- El dom 17-abr-11, José Fernando Alonso <josefernandoalonso@yahoo.com> escribió:
De: José Fernando Alonso <josefernandoalonso@yahoo.com> Asunto: [legislasi] Cadena de custodia. Para: legislasi@egrupos.net Fecha: domingo, 17 de abril de 2011, 0:15
Hola Rosa La cadena de custodia implica: -una serie de solicitudes de la evidencia en custodia, -por alguna causa que lo requiere, -por actores autorizados y -su registro en el formulario correspondiente. Además, la integridad de la evidencia digital (si de eso hablamos) debe constatarse cada vez que se requiere contra un hash que es unico para esa evidencia digital. En todo momento, la evidencia debe permanecer inalterable y sin contaminación alguna. Básicamente por estos motivos, si la evidencia se pierde, o es alterada o contaminada, es entonces que podemos asegurar que la evidencia deja de ser una prueba fehaciente e inalterable en el tiempo, y que se rompió la cadena de custodia. Espero te sirva esta breve explicación, saludos. ___________________ José Fernando Alonso
--- On Fri, 4/15/11, Rosa Yrene Sánchez Salazar <rsanchez@corpoelec.gob.ve> wrote:
From: Rosa Yrene Sánchez Salazar <rsanchez@corpoelec.gob.ve> Subject: Re: [legislasi] Perito Informatico To: legislasi@egrupos.net Date: Friday, April 15, 2011, 3:47 PM
Hola a todos una pregunta que me surge y que siempre se habla en los aspectos legales cuales son los pasos verdaderos que te aseguran que se preserva la cadena de custodia??
Saludos
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