lunes, 18 de abril de 2011

RE: [legislasi] Perito Informatico

Existe la documentación debidamente firmado por el demandado y el demandante, donde hace referencia del compromiso de tramite del viajes, lo único que requiere el juez es saber si el documento está en el computador del demandado, seguramente para cotejar lo dicho por las pruebas del demandante.

 

Con referencia a que validez tiene el archivo borrado y recuperado del disco, para eso es el peritaje vara verificar si el documento tal cual sin haber sido borrado o si se borro seguramente en función al peritaje la contraparte buscara la invalidez de esto, creo para demostrar existen herramientas y procedimiento que permiten evitar la susceptibilidad del juez.

 

Lo que me gustaría que me des una mano y agradeciendo a los que aportaron con un granito de arena, si alguien conoce estos procedimiento de peritaje y que herramientas usan (indistintamente el país del que son)

 

Muchas gracias,

 

 

Saludos,

 

Carlos Tejada

De: Carlos A. Gongora Caamal [mailto:cgongora@gmail.com]
Enviado el: sábado, 16 de abril de 2011 12:33 PM
Para: legislasi@egrupos.net
Asunto: Re: [legislasi] Perito Informatico

 

Solo como opinion:

 

Sin contexto de promedio veo una debilidad en: "1.- SI EXISTE EL SUPUESTO DOCUMENTO DE ENTREGA DE DINERO Y COMPROMISO DE VIAJES QUE SE REALIZO EN LA COMPUTADORA DEL DEMANDADO, 2.- Y BUSCAR CUALQUIER EVIDENCIA DONDE SE PUEDAN ENCONTRAR LOS NOMBRES DE LAS DENUNCIANTES RESPECTO A CUALQUIER TRAMITE INICIADO PARA EL VIAJE DE LAS MISMAS."

 

Independientemente de que se considere legalmente un documento (evidencia) de entrega de dinero y compromiso de viajes, la debilidad la veo en "cualquier tramite iniciado para el viaje de las mismas" ¿Qué pasa si en realidad en ningún momento se inició un trámite de viaje?

 

Una pregunta. ¿que validez tienen los archivos borrados que son recuperados del disco duro?

 

Saludos

 

Cg,

 

 

 

El 15 de abril de 2011 14:47, Rosa Yrene Sánchez Salazar <rsanchez@corpoelec.gob.ve> escribió:

Hola a todos
una pregunta que me surge y que siempre se habla en los aspectos legales
cuales son los pasos verdaderos que te aseguran que se preserva la
cadena de custodia??

Saludos

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